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Descripción archivística
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AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO I (1916-01 a 1916-12)-0177B · Unidad documental simple · 19160803
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

Avisa que han recibido de la sucursal de Siemens-Schuckert de Madrid, 2.500 pares de carbones para las lámparas de arco, previniéndoles la casa de Buenos Aires que son los últimos que les pueden suministrar mientras dure el bloqueo de las fuerzas aliadas no podrán traer carbones de Alemania. Con esta remesa más los que aún tienen, alcanzará para cinco meses. Luego no les quedaría otro remedio que hacer confeccionar carbones en el país, los que ya saben, dan una luz muy baja. Para evitar este inconveniente proponen retirar las lámparas de arco y colocar lámparas de filamento metálico, que son de igual potencia y no oscilan. Podrían empezar con una serie para ver su efecto. Las grandes ciudades ya las están usando. Esperan respuesta.

Werner y Cía.
ITEM 0178
AR AR/AHDVT AFG-000-0178 · Unidad documental simple · 1961
Parte de Archivo Fotográfico General

Vacacionando en Melincué, se observa el hotel en el fondo que actualmente se encuentra inundado y destruido. En la foto, Olga Chiri y su esposo, Tomás Vernetti.

AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO C (1905-08 a 1907-05)-0178 · Unidad documental simple · 19060526
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

No le ha sido posible mandar a construir la vereda en el plazo que esa Comisión le ha concedido según nota enviada, pues motivos ajenos a su voluntad le han impedido dar cumplimiento. Hasta fin de junio no podrá hacerla construir, por lo que ruega se le extienda el plazo.

Genaro Gregorio
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0178 · Unidad documental simple · 19080402
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

Habiendo determinado con la superior anuencia rifar el armonium que actualmente posee esta iglesia, y adquirir con su producto otro más apropiado para las solemnidades de culto público, y viendo cierta conveniencia en que dicha rifa se efectúe en esa localidad, pide la autorización necesaria. Tratándose de un bien mueble perteneciente a la Iglesia Católica, instituida por el Sumo Legislador sociedad perfecta, independiente y suprema, no cree que sea necesario dicha autorización, pero por las dudas la ha elevado a esa Honorable Consejo. Aquí terminaría la presente si no le asaltara el temor de que, por ciertos prejuicios asaz difundidos aún entre personas de relativa instrucción, y entre aquellas que un pueblo católico constituyó en autoridad, se gravara esta rifa con los mismos impuestos aplicados a las que se efectúan a beneficio de algún particular (...) (Resalta una gran diferencia entre la iglesia católica y cualquier otra institución, en lo que resta de la extensa carta)

Emigdio Segarra