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Descripción archivística
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AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0023 · Unidad documental simple · 19070302
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

En contestación a su nota consultando por impuestos a Hornos de Ladrillos, y patentes a los vehículos destinados a ...?, el P.E. ha tomado como resolución el dictamen que se transcribe: "(...) no debe cobrarse patente pues esta se impone sólo a las personas que ejercen en la provincia un ramo de comercio, profesión, ...? o industria, y la fábrica de ladrillos no pertenece al ramo de la industria si es para uso particular. Tampoco debe cobrarse impuesto al horno siempre y cuando sea destinado al traslado de sus productos. La Ley exonera de impuestos fiscales a Cremerías, mantequeras, ec., y las patentes de los vehículos afectados a dichas actividades son impuestos de carácter local y los establece la Comisión de Fomento. (...)

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0025 · Unidad documental simple · 19070729
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

La Dirección General de Escuelas ha comunicado que varias Comisiones de Fomento no han cumplido con puntualidad al finalizar el primer trimestre del año, con lo que se dispone la resolución fecha 4/10/1906, en cuya virtud, y para que se le de el más estricto cumplimiento, se transcribe a continuación.

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0026 · Unidad documental simple · 19070729
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

Encontrándose constituidas las Comisiones encargadas de correr con lo relativo a la destrucción de la langosta, este Ministerio ha resuelto oficiarle encareciéndole la más eficaz ayuda a las tareas del personal de la Defensa Agrícola en su jurisdicción, cumpliendo así disposiciones de la Ley y el propósito decidido de este Gobierno de que todas las autoridades cooperen.

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0029 · Unidad documental simple · 19070814
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

En respuesta a su consulta sobre el 10% escolar del año actual, debe liquidarse sobre el total de los ingresos o si deben excluirse los que se obtengan por concepto de limpieza y alumbrado, comunica que el Ministerio ha tomado como resolución el dictamen del ex agente fiscal, Dr. Moisés Soriano, encargado de la fiscalía de gobierno, y el que transcribe a continuación. (Ley nº 1112 completa)

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0075 · Unidad documental simple · 19070822
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

En respuesta sobre medidas a tomar contra deudores morosos, transcribe la resolución del Ministerio y acompaña un ejemplar de la Ley 1112: en su artículo 11 establece claramente los procedimientos por vía apremio, para hacer efectivo el cobro de impuestos y sus multas a los infractores. Desglose el expediente agregado, hágase saber acompañando un ejemplar de la Ley 1112.

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0105 · Unidad documental simple · 19071212
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

"Vista la nota en consulta si puede solicitar del director de la Escuela Fiscal los datos que juzgue convenientes referentes a la misma, de acuerdo con lo dictaminado por el Agente Fiscal doctor Moisés Soriano, encargado de la Fiscalía de Gobierno, se resuelve: hacer saber a la Comisión de Fomento que por artículo 9º de la Ley de Comisiones de Fomento, están facultadas para intervenir en todo lo relativo a la educación pública. En consecuencia, solicitar de las escuelas locales los datos pertinentes."

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0106 · Unidad documental simple · 19071212
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

"Vista la nota, pidiendo autorización para aumentar el impuesto de limpieza y alumbrado públicos, y crear un impuesto para disparar bombas (...) de acuerdo a las disposiciones de la Ley 1368, debe elevar a la consideración del Poder Ejecutivo la ordenanza general de impuestos que crea conveniente, dentro de lo dispuesto en dicha ley."

Calixto Lassaga
AR/AHCS MUN-CMU-LIBRO D (1907-05 a 1908-11)-0115 · Unidad documental simple · 19071210
Parte de Fondo Municipalidad de Venado Tuerto

Para su conocimiento y cumplimiento de la Ley 1368 que empezará a regir el 1º de enero de 1908, reglamentando y modificando la ley 1112, creando Comisiones de Fomento en el territorio de la provincia, remite por paquete separado tres ejemplares para cada uno de los miembros de la Comisión. De acuerdo con los términos del artículo 22 de la Ley, sírvase a la mayor brevedad, para ser aprobadas las ordenanzas generales de impuestos, de Presupuesto General de Gastos y el Cálculo de Recursos que deben regir el próximo año.

Ministerio de Gobierno, Agricultura e Instrucción Pública de Santa Fe