Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 19120522 (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
1 página - soporte papel
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
Este Ministerio ha notado que las atribuciones concedidas por el Código Rural a las Comisiones de Fomento en lo referente a la conservación de caminos, son por lo común letra muerta con evidente perjuicio de la vialidad pública, cuyas consecuencias se hacen sentir en el orden económico de los vecindarios. Pues las dificultades del tráfico resultan siempre perjudiciales al comercio y a las industrias. Recomienda el cumplimiento del artículo 59 en la parte en que establece "Las autoridades locales no consentirán ni la clausura de un camino general ni el cambio de su dirección a no mediar licencia del Gobierno para ello", y del 77 que dice: "La conservación de los caminos quedará a cargo de la Municipalidades y de las Comisiones de Fomento en el radio de sus respectivas jurisdicciones y en donde aquellas no existieran, cuidará de su mantenimiento el Ppder Ejecutivo de la provincia".