Área de identidad
Código de referencia
Título
Fecha(s)
- 19130128 (Creación)
Nivel de descripción
Volumen y soporte
4 páginas - soporte papel
Área de contexto
Nombre del productor
Historia biográfica
Nombre del productor
Historia biográfica
Institución archivística
Historia archivística
Origen del ingreso o transferencia
Área de contenido y estructura
Alcance y contenido
1) Expediente 145, letra V, libro 10, "Vista la ordenanza referente a las disposiciones tomadas con motivo del próximo carnaval, se resuelve: Aprobarlas."
2)Ofíciese, haciéndole saber que el Gobierno, de acuerdo con lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Gobierno, tiene ya resuelto, en casos análogos al presente, que no corresponde al Consejo de Educación, entre el 10% de las rentas comunales, con destino a fondo escolar, el del producido del servicio de alumbrado público, pues no es un impuesto sino la remuneración de un servicio, en que la Empresa es la Comuna misma. Archívese.
3) Ofíciese nuevamente, haciéndole saber que el artículo 13 de la Ley 1368, determina, con toda claridad, los procedimientos a seguirse. Que por tanto, debe ser ejecutada la Empresa ferrocarrilera referida, como infractora por la vía de apremio. Que en el presente caso, no tratándose de la percepción de impuestos, sino de la retribución de un servicio, en que la comuna actúa como Empresa, no cabe la exoneración de impuestos, puesto que no es un impuesto lo que se cobra. Archívese.
4) "Ofíciese que no puede negar permisos de baile fundándose tan sólo en la causa de que la policía carece de agentes para garantir el orden. Que debe pasar nota al SR. Jefe Político del Departamento para que disponga tome las medidas del caso, a los efectos de garantir dicho orden."